viernes, 12 de agosto de 2011

Calculo de pagos provisionales mensuales


Cómo se calcula

Para saber que cantidad debe pagar, primero determine su utilidad o ganancia de la siguiente manera:

 

Monto de ingresos obtenidos en el periodo comprendido desde el primer día del año hasta el último día del mes por el que calcula el pago.
Menos:


Monto de las deducciones, del mismo periodo (es decir, del primer día del año hasta el último día del mes por el que calcula el pago).


Menos:


Monto de la pérdida fiscal de años anteriores que no haya disminuido (en caso de tenerla).
Igual:


Utilidad o ganancia











DEDUCCIONES Las personas físicas pueden deducir de sus ingresos las compras, gastos e inversiones indispensables para realizar las actividades como son, entre otras:
*       Los gastos en general como son: renta de locales que utilice para su actividad, pago de servicios de luz, teléfono, agua de dichos inmuebles, papelería y artículos de escritorio, sueldos y prestaciones de sus trabajadores, entre otros.
*       Las cuotas pagadas por los patrones al IMSS.
*       Las devoluciones, descuentos o bonificaciones.
*       Las compras de mercancía.
*       Las inversiones en activos fijos se podrán deducir conforme a cualquiera de los siguientes métodos:

Deducción inmediata de inversiones

Se aplica en bienes nuevos de activo fijo, deduciendo (en el ejercicio siguiente al de su compra o al de su legal importación) la cantidad que resulte de aplicar al costo del bien (monto original de la inversión) actualizado, únicamente los porcentajes que se establecen en el artículo 220 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, dependiendo del tipo de bien o, en su defecto, de acuerdo a la actividad en que sean utilizados.

Se consideran bienes nuevos los que se utilizan por primera vez en México.

La deducción inmediata sólo podrá ejercerse tratándose de inversiones en bienes que se utilicen permanentemente en territorio nacional y fuera de las áreas metropolitanas del Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey. Las empresas que se encuentren en estas áreas que no sean contaminantes, no consuman mucha agua y utilicen tecnologías limpias en sus emisiones contaminantes y obtengan constancia de ello de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales, podrán ejercer esta opción.

Cuando los bienes se vendan, se pierdan o dejen de ser útiles, se podrá deducir una cantidad adicional, dependiendo de los años transcurridos desde su fecha de adquisición







 Bienes en los que procede la deducción inmediata

Sólo se aplicará en bienes nuevos de activo fijo que se utilicen de manera permanente en territorio nacional y fuera de las áreas metropolitanas del:

Distrito Federal, Guadalajara y Monterrey, salvo las empresas que se encuentren en estas áreas que no sean contaminantes, no consuman mucha agua y utilicen tecnologías limpias en sus emisiones contaminantes y obtengan constancia de ello de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales. u fecha de adquisición.

Bienes sobre los que no se aplica la deducción inmediata

No se ejercerá esta opción tratándose de mobiliario y equipo de oficina, automóviles, equipo de blindaje de automóviles, aviones (excepto aquellos que se dediquen a la aerofumigación agrícola) ni los bienes de activo fijo no identificables individualmente.

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